A partir de este nuevo acuerdo, no sólo se amplÃa la duración de las licencias sino también se creó lo que llamaron “Licencia de cuidados del Recién Nacide†que implica que el corresponsal parental pueda pedir una extensión de la licencia de hasta 45 dÃas, buscando que tanto la persona gestante como su acompañante cuenten con igualdad de condiciones para estar presentes cuando nace un bebé.
Hasta este momento, existÃa la licencia por maternidad de 135 dÃas otorgada a mujeres y de paternidad para los hombres de tan sólo 5 dÃas. Si bien aún se aguarda el documento oficial sobre el acuerdo alcanzado, ya trascendieron estos Ãtems sobre los cuales se trabajó.
El mayor punto a destacar es que, además de los 15 dÃas que se otorgarán a la persona no gestante a partir del nacimiento del bebé, podrá sumar 45 dÃas de licencia por corresponsabilidad. SerÃa un total de 60 dÃas -dos meses- los que puede tomarse el o la acompañante de la persona gestante y, está extensión, puede realizarse o inmediatamente terminan los primeros 15 dÃas o más tarde, por ejemplo, en las últimas semanas de licencia de la persona gestante.
Por otra parte, también se ampliarán las licencias por adopción y se creará una licencia por medida de abrigo cuando un/a Trabajador/a de la Educación sea quien asuma esta responsabilidad de cuidado.