Eximición del derecho a la construcción
En los considerandos de la propuesta, Vita sostiene que “la construcción de viviendas en los alrededores de la ciudad, se encuentra en una etapa muy dinámica y en muchos casos sus propietarios llevan adelante la construcción con gran esfuerzo y escasos recursos, lo que permite encuadrar a esas unidades habitacionales en la denominación “tipo” y agrega:
“Que tales viviendas no sobrepasen los 60 metros cuadrados, siendo sus propietarios el único bien del que disponen y que una vez terminadas dejarán el pesar mensual de pagar un alquiler”. El conocido periodista también hace hincapié en que muchos de esos vecinos “son sorprendidos por inspectores de la Dirección de Obras Particulares dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, que proceden a la intimación y consiguiente onerosa multa, si no se avienen al pago del derecho a la construcción que es gravoso para quien con sacrificio levanta su casa, a la que se le obliga la instalación de un cartel de obra con un número de expediente”. Por las apreciaciones expuestas y otras en que se abunda en el proyecto original, Vita propone la aprobación de una norma que establezca “la eximición del pago del derecho a la construcción a toda vivienda en ejecución que no sobrepase los 60 metros cuadrados” y “la presentación del plano correspondiente sólo será obligatoria a los fines de ser identificado como contribuyente impositivo y de la conexión de agua y energía eléctrica".